La limitación de los publicitarios ante la ley de función pública

La limitación de los publicitarios ante la ley de función pública

La limitación de los publicitarios ante la ley de función pública

En líneas generales, cuando acabas la carrera y eres titulado en Publicidad empiezas a cuestionarte hacia dónde dirigir tu futuro y por dónde empezar. Se trata de una tarea que no es nada fácil pero que con ganas y empeño se logra superar con éxito.

Aunque la gran mayoría de nuevos publicitas optan por desarrollar su carrera profesional en el sector privado, también cabe la posibilidad de guiar su camino dentro de la administración pública. Una opción que sin duda no hay que descartar. Eso sí es necesario saber lo que conlleva y en qué contexto no movemos los publicistas dentro del sector público.

A día de hoy los titulados en Publicidad convivimos con una limitación existente para poder acceder a todas las oposiciones, plazas, y demás oportunidades ligadas al A1-05 de la Ley de Función Pública. Por esta razón, desde el Colegio Oficial de Publicitarios y RRPP queremos hablarte de ello.

Limitación en la Publicidad

Como bien hemos mencionado, los publicistas nos situamos laboralmente en el grupo A1-05. Para formar parte de este grupo es requisito indispensable tener una licenciatura en Periodismo, Comunicación Audiovisual, o bien, tener título universitario oficial de grado más el título oficial de máster universitario que, de acuerdo con los planes de estudio vigentes, habiliten para ejercer las actividades de carácter profesional relacionados con las funciones asignadas al cuerpo.

Además de cumplir con los requisitos mencionados, el grupo profesional A1 cumplirá las siguientes funciones en sus tareas a desarrollar en su puesto de trabajo: dirigir, programar, estudiar, proponer, coordinar, gestionar, controlar, inspeccionar, asesorar y, en general, aquellas de nivel superior propias de la profesión relacionadas con las actividades de comunicación y relaciones informativas.

De esta forma, la aprobación de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), tiene el carácter de norma estatal básica para todas las administraciones públicas españolas, y exige la adaptación y ajuste de la legislación de la función pública valenciana a las previsiones básicas de la ley estatal.

Las crecientes demandas de ciudadanos y ciudadanas han motivado a la Administración de la Generalitat a mejorar los servicios de sectores y áreas que eran desconocidas para una administración pública, como la Publicidad.

Aun así, aún queda mucho por trabajar sobre la limitación que existe frente a los publicitarios a la hora de acceder a todas las oposiciones, plazas u oportunidades ligadas al A1-05 de la Ley de Función Pública.